PERMISO AM
El permiso de conducción de la clase AM autoriza para conducir ciclomotores de dos o tres ruedas y cuadriciclos ligeros, aunque podrá estar limitado a la conducción de ciclomotores de tres ruedas y cuadriciclos ligeros. La edad mínima para obtenerlo será de quince años cumplidos.
Los ciclomotores también se podrán conducir con permiso de la clase B.
PERMISO A1
El permiso de conducción de la clase A1 autoriza para conducir motocicletas con una cilindrada máxima de 125 cm³, una potencia máxima de 11 kW y una relación potencia/peso máxima de 0,1 kW/kg y triciclos de motor cuya potencia máxima no exceda de 15 kW. La edad mínima para obtenerlo será de dieciséis años cumplidos.
La obtención del permiso de la clase A1 implica la concesión del de la clase AM.
PERMISO A2
El permiso de conducción de la clase A2 autoriza para conducir motocicletas con una potencia máxima de 35 kW y una relación potencia/peso máxima de 0,2 kW/kg y no derivadas de un vehículo con más del doble de su potencia. La edad mínima para obtenerlo será de dieciocho años cumplidos.
La obtención del permiso de la clase A2 implica la concesión del de la clase A1.
PERMISO A
El permiso de conducción de la clase A autoriza para conducir motocicletas y triciclos de motor. La edad mínima para obtenerlo será de veinte años cumplidos pero hasta los veintiún años cumplidos no autorizará a conducir triciclos de motor cuya potencia máxima exceda de 15 kW.
El permiso de la clase A sólo podrá expedirse a conductores que ya sean titulares de un permiso en vigor de la clase A2 con, al menos, dos años de antigüedad.